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jueves, 14 de febrero de 2013

Los 5 Cubanos: Demandando transparencia del gobierno de los EE.UU.


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Comité Internacional por la Libertad 
de los 5 Cubanos 

DEMANDANDO TRANSPARENCIA DEL GOBIERNO DE ESTADOS UNIDOS EN EL DERRIBO DE LAS AVIONETAS DE
HERMANOS AL RESCATE EN 1996

El Centro por los Derechos Humanos y Constitucionales de Los Ángeles, ha iniciado varias solicitudes bajo el Acta de Libertad de Información (FOIA por sus siglas en ingles) que buscan acceso a los registros que puedan mostrar (1) lo que el gobierno estadounidense sabía acerca de la posibilidad de una confrontación entre Cuba y los aviones de Hermanos al Rescate (BTTR por sus siglas en ingles) que sistemáticamente despegaban desde la Florida después de presentar planes falsos de vuelo y penetrar el espacio aéreo cubano en 1995-96 y (2) lo que el gobierno estadounidense podría haber hecho para evitar el incidente del 24 de febrero de 1996 en el que un MiG cubano derribó dos aviones de BTTR que habían penetrado ilegalmente el espacio aéreo cubano.
Esta entrevista fue realizada el 08 de febrero de 2013, por el Comité Internacional por la Libertad de los 5 Cubanos a Peter Schey, Presidente del Centro por los Derechos Humanos y Constitucionales, principal abogado en este caso de solicitud del FOIA.
CI: ¿En qué momento fue presentada la demanda del Centro por los Derechos Humanos y Constitucionales para que la Agencia Nacional de Inteligencia Geoespacial de los Estados Unidos (NGA por sus siglas en ingles) muestre los documentos?
PS: El centro presentó una demanda federal en el año 2010 bajo el Acta de Libertad de Información contra la NGA.
CI: ¿Qué razones llevaron al Centro a presentar la demanda?
PS: El Centro está tratando de que se muestre la información por varias razones que se explican en las cartas enviadas bajo el FOIA dirigidas a la NGA y otras agencias de Estados Unidos pidiendo la divulgación de documentos relativos al incidente del derribo de los aviones de BTTR en 1996. En primer lugar, los registros que el Centro está tratando de obtener son de interés para todas las personas preocupadas por el derribo de los aviones de BTTR y el caso de los Cinco cubanos. En segundo lugar, la información que está buscando el Centro también es relevante a la condena de cadena perpetua de Gerardo Hernández y los esfuerzos legales y de otro tipo para que su condena sea anulada o reducida.
CI: ¿Por qué puede ser relevante para la sentencia de cadena perpetua de *Gerardo Hernández la presentación de esta demanda?
PS: Gerardo fue sentenciado a una cadena perpetua por un Tribunal de Estados Unidos sólo por el derribo de las avionetas de BTTR en 1996. Hay al menos cuatro razones de por qué puede ser útil lograr mayor transparencia por parte del gobierno de Estados Unidos y eventualmente lograr una decisión jurídica o política para reconsiderar la sentencia de Gerardo:
En primer lugar, todo lo que Gerardo supuestamente sabía antes del derribo fue que habría una "confrontación" con los pilotos BTTR en febrero de 1996. Él no tenía ningún conocimiento que eso podría resultar en un intento de interceptar y demandar que los pilotos de BTTR aterrizaran en Cuba para enfrentar cargos, o si los aviones de BTTR serian perseguidos fuera del espacio aéreo cubano (si entraran en el espacio aéreo cubano), o si serian disparados disparos de advertencia para obligar a los pilotos de BTTR a abandonar el espacio aéreo cubano (si entraran en el espacio aéreo cubano), o si los aviones de BTTR serian realmente derribados. Estamos buscando transparencia por parte del gobierno de Estados Unidos porque es muy posible que el gobierno de EE.UU. posea más información de la que estuvo disponible para Gerardo sobre la planeada confrontación. Si el gobierno estadounidense tenía más información que Gerardo sobre el derribo antes de que se llevara a cabo, esto mostraría claramente que su condena de cadena perpetua es extremadamente injusta.
En segundo lugar, es probable que el gobierno de Estados Unidos estuviera en una posición de evitar que sucediera una confrontación, mientras que Gerardo no tenia forma de prevenir una confrontación. Los pilotos de BTTR obviamente sabían que la penetración ilegal del espacio aéreo cubano y sobrevolar los tejados de la Habana por parte de ellos, eventualmente desencadenaría en una confrontación con Cuba. Si Gerardo les hubiera advertido que una confrontación pudiera suceder en febrero de 1996, ellos probablemente hubiesen estado encantados y hubieran continuado volando dentro del espacio aéreo cubano precisamente para provocar la confrontación. En cualquier caso, el gobierno cubano sabía qué los pilotos de BTTR estaban volando y tenían el radar para rastrear cualquier plan de entrar en el espacio aéreo cubano por lo que no necesitaban información de Gerardo acerca de los planes de los pilotos de BTTR.
Estamos buscando transparencia por parte del gobierno de Estados Unidos sobre las medidas razonables que habría podido tomar --pero no lo hizo--para evitar que los pilotos de BTTR presentaran falsos planes de vuelo a la Administración Federal de Aviación de Estados Unidos y el uso de aeropuertos de Estados Unidos desde donde salieron para invadir ilegalmente el espacio aéreo cubano. Si el gobierno de los EEUU estaba en una posición de evitar la confrontación entre Cuba y BTTR, pero no lo hizo, esto también demuestra que la sentencia de Gerardo es extremadamente injusta. A diferencia del gobierno de los EEUU, Gerardo no tenía ningún poder para evitar la confrontación.
CI: ¿Hay otras razones por las cuales solicitar estos registros es importante en la cadena perpetua de Gerardo?
PS: Sí. El gobierno de Estados Unidos dejó en claro en el juicio de Gerardo que el lugar donde sucedió el derribo era crítico. Yo creo que Gerardo sólo pudo ser condenado por conspiración para cometer asesinato si el derribo tuvo lugar en el espacio aéreo internacional. Sin embargo, ni una sola evidencia demostró que Gerardo, o cualquier otra persona, incluidos los funcionarios del gobierno de Estados Unidos, tenían ningún conocimiento o nunca podían haber predicho, que una confrontación con los aviones de BTTR sucederían en el espacio aéreo internacional y no en el espacio aéreo cubano. Además, si la transparencia del gobierno estadounidense mostrara que el derribo tuvo lugar en el espacio aéreo cubano, o pudo haber sucedido en el espacio aéreo cubano, esto también obviamente demostraría que la sentencia y condena de Gerardo es totalmente injusta.
Por último, mientras que Gerardo cumple una sentencia de cadena perpetua en prisión, las autoridades estadounidenses que probablemente tenían más información que la que Gerardo poseía y estaban en posición de evitar el derribo, no han compartido ninguna responsabilidad por el incidente.
CI: Si Gerardo solo conocía que algún tipo de confrontación tendría lugar entre Cuba y BTTR en Febrero 1996, porque Gerardo fue condenado por conspiración para cometer asesinato y sentenciado a cadena perpetua?
PS: Detalles técnicos de la ley de Estados Unidos y un jurado prejuiciado permitieron que Gerardo fuera declarado culpable de "conspiración para cometer asesinato" a pesar de los conocimientos mínimos que poseía, su incapacidad para cambiar el curso de los acontecimientos y su evidente falta de conocimiento que cualquier confrontación podía ocurrir en el espacio aéreo internacional. La legalidad sobre la sentencia de Gerardo ha sido presentada recientemente en una demanda ante tribunales federales. La conspiración se ha definido en los Estados Unidos como un acuerdo de dos o más personas para cometer un delito. El gobierno estadounidense cree que el derribo fue un crimen porque ocurrió en espacio aéreo internacional, no en el espacio aéreo cubano. Pero no hay ninguna evidencia de que Gerardo tenía conocimiento de que cualquier confrontación, o el derribo tendrían lugar en el espacio aéreo internacional. Bajo la ley estadounidense, alguien puede ser culpable de "conspiración" incluso si él o ella no tienen ninguna implicación directa en el presunto delito y no sabe la identidad de los otros miembros de la supuesta conspiración. Sin embargo, independientemente de los detalles técnicos en la ley estadounidense que permitió esta condena a cadena perpetua impuesta, el hecho en este caso pone de manifiesto que la cadena perpetua de Gerardo es excesivamente exagerada y debe ser reconsiderada por cualquier autoridad de EEUU con la autoridad de reducir la sentencia y permitir que Gerardo sea liberado.
CI: ¿Qué otras acciones realizará el Centro para los Derechos Humanos y Constitucionales?
PS: El Centro va a continuar buscando transparencia por parte del gobierno de los EEUU usando métodos legales bajo el Acta de Libertad de Información y el Acta de Archivos Presidenciales, los cuales pueden   divulgar los registros mostrando el nivel de conocimiento por parte del gobierno estadounidense sobre el derribo antes de que sucediera, y por qué el gobierno de los EEUU no pudo tomar medidas razonables para prevenir el derribo mucho antes de que ocurriera.
CI: ¿Puede explicar donde se encuentra el caso ahora?
PS: El Noveno Circuito de la Corte de Apelaciones recientemente revocó la decisión de la Corte de Distrito de EEUU (de un nivel inferior) en el caso titulado Centro por los Derechos Humanos y Constitucionales v. Agencia Nacional de Inteligencia Geospacial, un caso iniciado por el abogado Lonard Weinglass antes de fallecer.
En una decisión unánime emitida el 23 de enero de 2013, por un panel de tres jueces, Juez Jefe KOZINSKI, Juez McKEOWN y Juez M. SMITH, la Corte de Apelaciones decidió que el Tribunal Federal "erró en el otorgamiento de juicio sumario sin requerir que la Agencia Nacional de Inteligencia Geoespacial presentara una declaración clasificada para una revisión en cámara". La Corte de Apelaciones estuvo de acuerdo con la posición del Centro por los Derechos Humanos y Constitucionales que la "declaración no clasificada [explicando por qué no podía confirmar o negar que las imágenes solicitadas sobre el derribo de BTTR tan siquiera existen] falló en proveer "detalle razonablemente específico '' que demostraría por qué solamente reconociendo la existencia de registros podría revelar los métodos o fuentes de inteligencia o afectar nuestras relaciones con otros países."
El Noveno Circuito de Apelaciones también estuvo de acuerdo con el argumento del Centro que si la declaración jurada de la NGA presentada en apoyo de su exención "Glomar" que permite al organismo ni confirmar ni negar que existen las imágenes solicitadas, entonces "el gobierno estaría libre de emitir una respuesta Glomar en prácticamente todos los casos que implican las imágenes de satélite y registros, así como muchas otras actividades de vigilancia".
El Noveno Circuito decidió que el caso debe regresar a la Corte de Distrito de Estados Unidos donde se ordenó que la NGA deba proporcionar una más detallada declaración clasificada para una revisión "en-cámara" por parte de la Corte del Distrito. La Corte del Distrito de EEUU debe entonces "reconsiderar su fallo de juicio sumario a la luz de la información provista."
CI: ¿Podría la NGA apelar la decisión de la Corte del Noveno Circuito de Apelaciones?
PD: No sabemos si la NGA buscará una nueva revisión por parte del Tribunal de Apelaciones o solicitará una revisión ante la Corte Suprema de Estados Unidos. La NGA tiene 45 días para pedirle al panel del Noveno Circuito que reconsidere su decisión. En segundo lugar, la NGA podría solicitar al Tribunal del Noveno Circuito de Apelaciones volver a escuchar el caso "en banc". Si la NGA le pide al Noveno Circuito que vuelva a escuchar el caso en banc, todos los jueces del Noveno Circuito votaran y el caso solo será presentado nuevamente si la mayoría de los jueces del Noveno Circuito votan que la decisión de los tres jueces fue errónea. Si el caso es escuchado nuevamente en banc, será presentado frente al panel de 11 jueces. Creemos que es poco probable que la NGA busque una revisión o reconsideración en banc, pero incluso si lo hace, es poco probable que una mayoría de jueces del Noveno Circuito vote a favor de escuchar el caso en banc.
Finalmente, la NGA tiene 90 días para presentar una petición pidiendo a la Corte Suprema revisar el caso. Dudamos que el NGA busque una revisión ante la Corte Suprema de Estados Unidos, porque esto podría invitar a una decisión que se aplicaría en todo el país y dejaría en claro que la NGA no puede responder a cada solicitud FOIA para imágenes de satélite con una respuesta que se niega a confirmar o negar la existencia de los expedientes solicitados.
CI: ¿Que puede suceder próximamente con el caso de la NGA?
PS: Creemos que es probable que la NGA esté de acuerdo que el caso debe regresar a la Corte de Distrito de EEUU donde la NGA deberá emitir una declaración "en cámara" más detallada al Juez de la Corte de Distrito. Esto quiere decir que una declaración detallada no será entregada al Centro por los Derechos Humanos y Constitucionales o se hará pública. Sera presentada solo ante la Jueza para una revisión privada. Ella entonces tendrá que decidir si la nueva declaración provee "detalles razonablemente específicos" que muestren porque "reconociendo la existencia de [los requeridos] documentos podrían revelar métodos o fuentes de inteligencia, o afectar [EE.UU.] las relaciones con otros países."
Cualquiera sea la decisión del Juez de la Corte de Distrito de Estados Unidos puede entonces ser otra vez apelada al Noveno Circuito de la Apelaciones de Estados Unidos ya sea por el Centro por los Derechos Humanos y Constitucionales o por la NGA. Si la decisión del Juez de la Corte de Distrito es apelada nuevamente al Noveno Circuito de Apelaciones, la declaración en cámara de la NGA será revisada por el panel de los jueces del Noveno Circuito para decidir si ellos están o no de acuerdo que mostrar la existencia de las imágenes de satélites de BTTR requeridas podrían revelar métodos o fuentes de inteligencia, o afectar las relaciones de EEUU con otros países.
Por separado, también estamos pidiendo información a través de FOIA a la Biblioteca Presidencial de Clinton, la Guardia Costera de Estados Unidos y la Agencia de Inteligencia de Defensa de Estados Unidos. El Centro por los Derechos Humanos y Constitucionales continuará demandando transparencia por parte del gobierno de los EEUU utilizando métodos legales bajo el Acta de Libertad de Información y el Acta de Archivos Presidenciales que puedan revelar el nivel de conocimiento por parte del gobierno de los EEUU sobre el derribo de los aviones antes de que este sucediera, y porque falló en tomar las medidas para prevenir que pilotos de BTTR presentaran solicitudes falsas sobre planes de vuelo y usaran aeropuertos de EEUU para lanzar vuelos ilegales y de provocación en el espacio aéreo cubano. Creemos que la transparencia por parte del gobierno de los EEUU mostrará que independientemente que la condena de "conspiración para cometer asesinato" de Gerardo sea o no técnicamente correcta, su participación en el derribo fue tan mínima y su capacidad para evitar el derribo tan mínima, que su sentencia de cadena perpetua es extremadamente injusta y debe ser reconsiderada por autoridades competentes de Estados Unidos en ambos poderes Ejecutivo y Judicial.
CI: Qué significado cree que tendría la liberación de Gerardo Hernández en las relaciones entre Estados Unidos y Cuba?
PD: En primer lugar, por las razones que ya expliqué, creemos que la condena y sentencia de cadena perpetua a Gerardo son injustas. En segundo lugar, el Presidente Obama y su equipo de política exterior debe entender que la cadena perpetua de Gerardo es de gran preocupación para el pueblo cubano que considera a Gerardo un Héroe y un preso político. Debido a la opinión pública generalizada de apoyo a Gerardo, encontrar un camino para lograr su liberación y regreso a Cuba podría ser una condición previa esencial para mejorar las relaciones de Cuba y Estados Unidos y eventualmente una normalización de las relaciones entre ambos países.
*Gerardo Hernández Nordelo, uno de los 5 Cubanos presos en los Estados Unidos por casi 15 años.

jueves, 21 de junio de 2012

Verdades ocultas

Por Salvador Capote

 
El profesor Martin Garbus, uno de los más prestigiosos juristas estadounidenses, integrante del equipo de defensa de los patriotas cubanos encarcelados en Estados Unidos, y sus colegas Tom Goldstein y Richard Klugh, presentaron recientemente una moción ante la Corte del Distrito Sur de la Florida, a nombre de Gerardo Hernández Nordelo –uno de los Cinco- , con el fin de obtener la orden pertinente para que el gobierno entregue documentos que obran en su poder y que se negó a divulgar durante el proceso judicial.

La moción forma parte de la apelación colateral iniciada en junio de 2010, basada en el derecho que tienen sus defendidos de conocer el alcance de la campaña de publicidad negativa contra ellos financiada por el gobierno para asegurar que fuesen declarados culpables.

Involucrados en la cobertura incendiaria pagada por el gobierno antes, durante y después del juicio contra los Cinco, se encuentran 84 periodistas, locutores y comentaristas de varios órganos de la prensa escrita, siete canales de televisión y 13 estaciones de radio. (1)

En enero de 2009, el Comité Nacional por la Libertad de los Cinco, basándose en la Ley de Libertad de Información (“Freedom of Information Act, FOIA”) solicitó al Buró de Gobernadores de Transmisiones (“Broadcasting Board of Governors, BBG”), agencia oficial de propaganda del gobierno,  y a su Oficina de Transmisiones a Cuba (“Office of Cuba Broadcasting, OCB”) información sobre los pagos realizados  a periodistas de Miami creadores de una atmósfera envenenada que impidió  la realización de un juicio justo en esta ciudad. (2)

Varios meses más tarde, la OCB entregó muy limitada información preliminar sobre pagos realizados a algunos de estos periodistas. Desde entonces, la agencia se ha negado a liberar toda la información que posee sobre los contratos suscritos con la prensa de Miami, en particular los anteriores a 1999, de vital importancia para la defensa de Gerardo.

No obstante, el esfuerzo realizado durante varios años por el Comité Nacional por la Libertad de los Cinco, y la Sociedad para la Fundación de la Justicia Civil, logró poner al descubierto una cantidad impresionante de materiales probatorios de esta operación gubernamental. El periódico “Liberation” ha publicado hasta ahora más de 2,200 páginas de contratos entre periodistas de Miami y Radio-TV Martí (3). Aunque estos documentos constituyen sólo una parte minúscula de los que la OCB se niega a liberar, constituyen prueba suficiente de que el gobierno que juzgó a los Cinco pagaba al mismo tiempo a los periodistas que creaban la atmósfera que hacía inevitable la condena.

Recordemos que las leyes estadounidenses prohíben claramente la utilización de fondos federales para financiar la propaganda encubierta dentro del territorio de Estados Unidos.

Los pagos secretos, realizados principalmente a través de Radio y TV Martí, a periodistas supuestamente independientes, no sólo son contrarios a la ética de los comunicadores sino que violan flagrantemente la ley y revelan que la condena a los Cinco fue determinada por razones políticas.

En el período que va desde el 27 de noviembre del año 2000 hasta el 8 de junio de 2001 -que corresponde al tiempo transcurrido desde el inicio del proceso contra los Cinco hasta que fueron considerados culpables por el jurado- el Nuevo Herald publicó 806 artículos, y “The Miami Herald” 305, que podían influir negativamente en el proceso judicial (4). Esta sobresaturación de la prensa creando un clima hostil contra los Cinco debería bastar para que el sistema judicial de Estados Unidos declarase nulo un juicio que nunca debió realizarse en Miami.

FOIA es una ley federal que permite solicitar información al gobierno acerca de sus acciones. El gobierno está obligado a entregar toda la información requerida siempre que no esté clasificada o, por ley, exenta de divulgación. Está en vigor desde 1967 pero ha sufrido modificaciones a través de los años, sobre todo a partir de 1982. Con la escalada de guerras de agresión, operaciones encubiertas, programas de entrenamiento en técnicas represivas (Escuela de las Américas), apoyo a dictadores latinoamericanos, golpes de estado, asesinatos extrajudiciales, detenciones arbitrarias, prisiones clandestinas, torturas de prisioneros etc., la necesidad de sucesivas administraciones norteamericanas de mantener secretas sus acciones dieron por resultado varias enmiendas y órdenes ejecutivas que mellaron casi completamente el filo de esta ley, incluyendo la Orden Ejecutiva de 2009 del presidente Obama, aberración jurídica que permite reclasificar retroactivamente  documentos que estén ya en trámite de entrega.

Numerosas operaciones encubiertas y los documentos relacionados con ellas permanecen total o parcialmente en secreto. Mencionaré entre las principales el derrocamiento de gobiernos electos democráticamente como los de Guatemala e Irán en la década de los 50, el financiamiento de partidos políticos pro-USA en Europa, la invasión a Cuba por Playa Girón en 1961, el golpe de estado de Augusto Pinochet en 1973, las operaciones militares secretas en Vietnam, Cambodia y Laos -financiadas con el tráfico de heroína-  y la guerra sucia contra Nicaragua en los 80.

Mantener a toda costa el secreto de sus acciones tomó carácter obsesivo en las administraciones republicanas.  Al término del mandato del presidente Ronald Reagan permanecían clasificados cerca de 7 millones de documentos. Pero el delirio del secretismo alcanzó su clímax con George W. Bush. Sólo en 2004, su administración clasificó 15.6 millones de documentos a un costo de 7.2 billones de dólares. Inventó, además, nuevas categorías de clasificación y mediante una orden ejecutiva selló todos los archivos presidenciales a partir de 1980. (5)

Durante la administración Bush-Cheney la tasa de clasificación de documentos aumentó en un 75 %. En 2005, por cada $1 gastado en desclasificar viejos secretos, las agencias federales gastaron $148 creando y almacenando otros nuevos (6). Por otra parte, una directiva interna del Fiscal General John Ashcroft de 12 de octubre de 2001 convirtió las solicitudes al FOIA en procesos extremadamente lentos, difíciles y costosos.

El secretismo ha servido para manipular a la opinión pública, impedir el análisis crítico tanto de la política interna como exterior del país y ocultar los errores y actos ilegales de los funcionarios del gobierno. También  se ha utilizado con frecuencia contra opositores domésticos. Si mucho tienen que clasificar es porque tienen mucho que ocultar. No son extraños, por tanto, los obstáculos impuestos por la OCB a las solicitudes de información del Comité Nacional por la Libertad de los Cinco.

Pero el ocultamiento de evidencias que atañen al juicio contra los cinco patriotas cubanos abarca mucho más que documentos escritos. La Organización de la Aviación Civil Internacional (OACI) solicitó en 1996 al gobierno de Estados Unidos que mostrase las imágenes satelitales que posee y que demostrarían que las avionetas de Hermanos al Rescate violaban la soberanía de Cuba y que fueron derribadas en el espacio aéreo cubano. La solicitud fue rechazada. Tanto en el juicio como en los dieciséis años transcurridos, el gobierno de Estados Unidos se ha negado sistemáticamente a mostrar las imágenes del satélite, ocultando de este modo una prueba decisiva que anularía los cargos y las sentencias  impuestas a Gerardo y  a sus compañeros (7).

El gobierno de Estados Unidos no permitió, además, la presentación por la defensa de los numerosos testigos y abundantes pruebas de las acciones terroristas realizadas contra Cuba.

Esta información era crucial para la defensa porque evidenciaba que el objetivo de los Cinco no era otro que el de monitorear a las organizaciones mafiosas de Miami con el fin de impedir acciones hostiles contra su patria.

El secretismo culpable se completa con el muro de silencio mediático en torno a los Cinco. Durante el juicio, y en los meses anteriores y posteriores a éste, la histeria de los medios de Miami, alimentada con fondos federales, logró crear lo que en Estados Unidos llaman un “jurado de linchamiento”, mientras el resto del país ignoraba completamente lo que sucedía en esta ciudad. Consumado el crimen, una férrea censura impide que el pueblo estadounidense conozca la verdad. Pero somos ya millones en el mundo los que tenemos como cuestión de honor y de principios el mantener contra la infamia una denuncia universal y permanente.

Notas

(1)     Prensa Latina, 13 de junio de 2010.
(2)     Gloria la Riva, National Press Club, Washington, DC., June 2, 2010.
(3)     El BBG –agencia gubernamental-  y su “Office of Cuba Broadcasting, OCB”, operan Radio y TV Martí.
(4)     Salvador Capote: “Los Cinco y la propaganda encubierta”, Cubadebate, 2 de diciembre de 2009.
(5)     J. R. Norton: “Saving General Washington”, Penguin, N.Y., 2006, pp. 71-72.
(6)     Mark Green: “Losing Our Democracy”, Sourcebooks Inc., 2006, p. 265.
(7)     Ricardo Alarcón: “La verdad secuestrada”, Cubadebate, 20 de julio de 2011.

Sugerencia; vea además:

viernes, 21 de octubre de 2011

Por Los 5 contra viento y marea

Jueves, 20 de Octubre de 2011                                                                  Por Ángel Guerra Cabrera

R
elevantes intelectuales, artistas y personalidades del mundo entero, entre ellos mexicanos, han exigido hoy al gobierno de Estados Unidos “el inmediato regreso de René González (en libertad supervisada desde hace unos días) a su país y la liberación de Gerardo Hernández, Ramón Labañino, Antonio Guerrero y Fernando González”. La declaración, promovida por la Red de Redes en Defensa de la Humanidad está abierta a la firma de todas y todos los que deseen sumarse.
A 13 años de la condena de los antiterroristas cubanos a penas de prisión que van desde 15 años hasta dos cadenas perpetuas, conviene hacer un breve recuento del caso.
En junio de 1998, a solicitud de la Casa Blanca, La Habana entregó a la FBI documentadas pruebas sobre los trajines de los grupos terroristas que operan impunemente desde Miami contra Cuba, al extremo que los oficiales estadunidenses que las recibieron reconocieron sentirse impresionados. Tres meses más tarde, la citada agencia arrestaba y enjuiciaba en la ciudad floridana a los integrantes de la red cubana generadora de la información. La ausencia de ética exhibida en este caso es difícilmente superable en la historia de las relaciones entre Estados, por más adversarios que sean.
Lo que siguió fue un juicio en el que se vulneró groseramente la normatividad constitucional y legal estadunidenses sobre el derecho al debido proceso. No se aceptó por el tribunal la solicitud de cambio de sede de la defensa, plenamente justificada, pues Miami es el lugar menos indicado para ventilar imparcialmente cualquier asunto relacionado con Cuba. Así lo confirmaría el proceso, realizado en un ambiente de histeria anticubana amplificado en la prensa local por plumíferos pagados con fondos federales.
El jurado lo integraron incondicionales del gobierno, así y todo presionados para votar por la petición fiscal. A Los 5 apenas se les permitió comunicarse con sus abogados, que no tuvieron acceso al grueso del expediente por serclasificado. Las penas impuestas no guardan proporción con los delitos imputados y nunca probados. Salvo los cargos –menores en la legislación estadunidense– de actuar como agentes extranjeros y utilizar documentos falsos, que los acusados aceptaron desde un inicio, la fiscalía vio cómo su caso era demolido por las pruebas y testimonios presentados por la defensa, incluyendo el de altos jefes militares estadunidenses en servicio cuando la red cubana estaba en operación, que reconocieron la ausencia de evidencias de que la actividad de sus integrantes hubiese implicado riesgo alguno para la seguridad nacional de Estados Unidos.
A lo largo del juicio y la apelación se probó que su accionar se limitó a infiltrar e informar a Cuba sobre los planes terroristas de la contrarrevolución, acto legítimo por la necesidad de defender, principio consagrado en la propia doctrina jurídica estadunidense que establece el derecho a violar la ley cuando el daño que se va a impedir es mayor que el derivado de su incumplimiento. Los 5 han resistido estoicamente presiones y ofertas para doblarlos, confinamiento solitario, y negativa de visa a dos de las esposas por constituir un peligro para la seguridad nacional.
Obama puede poner fin a esta situación en cualquier momento, mucho más considerando que a Los 5 no se les pudo probar el delito de espionaje. ¿No se intercambió el año pasado en un santiamén una recién capturada red de espías rusos por cuatro personas que ni eran ciudadanos estadunidenses? Una salida airosa para el ocupante de la Casa Blanca sería liberar a Los 5 como un gesto humanitario. Cuba seguramente estaría dispuesta a, en reciprocidad, poner en libertad a Alan Gross, que cumple en la isla 15 años de cárcel. Sorprendido por los órganos de seguridad cubanos distribuyendo equipo de comunicación satelital para burlar la red de comunicaciones de la isla, Gross afirma que su objetivo era ayudar a la comunidad hebrea a mejorar el acceso a Internet. Pero los líderes de ella han reiterado que ni saben quién es. Lo evidente es que ejecutaba un programa de Washington para el cambio de régimen en Cuba, algo de lo que no puede acusarse a Los 5 en relación con Estados Unidos. Pero a Obama le preocupan mucho las eventuales reacciones de la mafia de Miami así como sus jugosas contribuciones electorales.
Por eso, lograr la libertad de Los 5 exige de muchas nobles acciones como la de la Red en Defensa de la Humanidad.